¿qué sabe ud. de Ecología?
Para quienes viven en Argentina
y para los que viven en otros países
Gracias por intervenir !
VISTO: el Proyecto de Ordenanza presentado por el Concejal Julio Cesar Stambuli y el Bloque de Concejales Justicialistas, s/ADOPTAR COMO METODO EFICIENTE PARA EL CONTROL DE LA REPRODUCCION INCONTROLADA DE ANIMALES DOMESTICOS Y VAGABUNDOS, LA PRACTICA DE LA ESTERILIZACION QUIRURGICA EN TODO EL AMBITO DE LA CIUDAD; con pase a: la Comisión de CULTURA, MORALIDAD, EDUCACION, SALUD PUBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL en Sesión del día 16-05-00; TRATAMIENTO de DESPACHO Y APROBACION UNANIME de este H. Cuerpo en Sesión Ordinaria del día seis de junio de año dos mil; y
CONSIDERANDO: la nota presentada por Asociaciones Protectoras de Animales de la Ciudad de Añatuya, los antecedentes y experiencias llevadas a cabo en diversas municipalidades de nuestro país en relación a la esterilización como forma de control de la superpoblación de animales domésticos y la necesidad de contar con un sistema eficiente para dicho control;
Que no afrontar y dar solución a esta situación, conlleva también a desatender situaciones que hacen a la salud pública, como es el caso de las patologías zoonóticas (enfermedades transmisibles al hombre);
Que es la prevención el método idóneo para frenar la superpoblación de animales domésticos, controlándose en consecuencia dichas patologías con posibilidad de transmisión al hombre;
Que el método de la matanza de animales domésticos abandonados ha demostrado carecer de fundamentos éticos y eficaces por no haber disminuido la cantidad de animales abandonados, de no haber solucionado las causas que originaron esta situación;
Que la práctica de la esterilización quirúrgica es aceptada en todo el mundo y en muchas partes de nuestro país como un método correcto para controlar la superpoblación animal en contraposición al sacrificio o "eutanasia", procedimiento deleznables que en los hechos se realiza;
Que dicha metodología (matanza de animales abandonados) ha demostrado ser absolutamente ineficaz, porque la muerte sólo ataca las consecuencias del problema, pero no las causas;
Que la "eutanasia" ofrece sólo una solución aritmética al problema de la superpoblación animal. Cada animal sometido a "eutanasia" reduce sólo en un ejemplar la población, pero en realidad un perro o un gato se reproducen geométricamente;
Que, mientras por un lado se mata a los animales abandonados, el conjunto de la población animal (con o sin dueño), continúa aumentando geométricamente y este accionar no sólo carece de ética y eficacia, sino que se torna cada vez más gravoso para el erario público;
Que las proyecciones señalan que al cabo de pocos años de castración sistemática, se controlará total y definitivamente la superpoblación de animales domésticos;
Que, existe un alto grado de concientización en la población que acepta y reclama este método ético, eficaz y en definitiva la más económica forma de control de la población animal;
Que por todo ello;
ART. 1º: Adóptase como método eficiente para el control de la reproducción incontrolada de animales domésticos y vagabundos, la practica de la esterilización quirúrgica en todo el ámbito de la ciudad de Añatuya.-
ART. 2º: Dicha práctica quirúrgica estará a cargo de los Veterinarios de la Municipalidad de la Ciudad de Añatuya.-
ART. 3º: Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a celebrar convenios con las Entidades Protectoras, Entidades Intermedias, Cooperadoras o Profesionales Veterinarios para el logro de una eficaz acción sobre el particular.-
ART. 4º: Se impondrá un trabajo muy estrecho entre los responsables de esta área y las entidades protectoras de animales. Estas entidades brindarán a la Municipalidad todo el asesoramiento técnico y la colaboración necesaria, teniendo como meta la protección y esterilización de los animales domésticos con el fin de evitar la proliferación indiscriminada.-
ART. 5º: La Autoridad de Aplicación de la presente Ordenanza, desarrollará acciones tendientes a su difusión, a través de los distintos medios de comunicación.-
ART. 6º: El gasto presupuestario que demande la implementación de esta Ordenanza será obtenido de Rentas Generales.-
ART. 7º: Para su conocimiento y demás efectos, pase al Departamento Ejecutivo Municipal.-
ART. 8º: Comuníquese, publíquese en Boletín Municipal, dese al registro de Ordenanzas y archívese.
AÑATUYA (SDE), SALA DE SESIONES DEL H.C.D., JUNIO 06 DE 2000.
Fuente:
Club de Animales Felices
http://www.animalesfelices.org.ar